

Este miércoles, fue publicada en Gaceta Oficial número 43.140, de fecha 2 de junio de 2025, resolución del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), en la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (UT) de Bs. 9 a Bs. 43.
La normativa explicó que el valor de la unidad se utilizará como unidad de medida para la determinación de los aportes nacionales, cuya recaudación sea competencia del Seniat, “no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan”.
Asimismo, se precisó que en el caso de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en parágrafo tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.


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