PCV solicitó un antejuicio de mérito contra los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ
Política 05/04/2024ElMartilloVenUna delegación del Partido Comunista de Venezuela (PCV), introdujo este viernes ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una solicitud de antejuicio de mérito contra los magistrados de la Sala Constitucional del máximo juzgado, por considerar haber incurrido en violaciones a la "Constitución, las leyes y la propia jurisprudencia" al negarse a revocar la sentencia N.º 1.160, que afirman arrebató a la legítima militancia comunista su personalidad jurídica.
La acción jurídica de la formación comunista, estaría dirigida a exigir la apertura de antejuicio de mérito contra los magistrados Tania D’amelio Cardiet, Lourdes Benicia Suárez Anderson, Gladys María Gutierrez Alvarado, Luis Fernando Damiani Bustillos y Michel Adriana Velásquez Grillet.
"Al negarse a revocar la sentencia de agosto de 2023, los magistrados incurren nuevamente en un error grave inexcusable de derecho, así como en omisiones injustificadas y en inobservancia sustancial de normas procesales; dejando en un estado de indefensión a la militancia comunista y a su legítima dirección política", explicó el abogado del PCV Elio Pimentel, desde las afueras del TSJ, según reseñó Tribuna Popular (TP) en su sitio web.
El medio oficial de la organización política, informó que el jurista, precisó que las y los magistrados han hecho "una interpretación incompleta" de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia al argumentar que las sentencias de la Sala Constitucional no pueden ser revisadas.
"Esta salvedad hecha al final del artículo ha sido intencionalmente omitida por los magistrados; lo que representa un error grave inexcusable de derecho, pues las sentencias definitivamente firmes pueden ser revisadas y revocadas, según sea el caso", dijo Pimentel citado por TP.
El Abogado recordó que existe jurisprudencia que permite revisar y revocar las decisiones por el propio tribunal que las dictó: "Nos referimos específicamente a la Sentencia de fecha 18 de agosto de 2003, con ponencia del magistrado Dr. Antonio García García, que estableció que un juez se encuentra legitimado para revocar una decisión que sea írrita, no solo desde el punto de vista legal sino también constitucional".
Pimentel recordó que los magistrados de la Sala Constitucional fueron oportunamente advertidos por la defensa del PCV "sobre la ausencia de cualidad jurídica de los ciudadanos que pretendieron hacerse pasar por militantes comunistas".
"Además, estos operadores del Partido Socialista Unido de Venezuela actuaron de manera extemporánea al introducir el recurso de amparo; pero los jueces se negaron a oír los argumentos del PCV", agregó.